jueves, 09 de septiembre de 2010

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GESTIÓN POR LA PROPIA EMPRESA:

La formación de los trabajadores puede ser llevada a cabo, cuando los recursos lo permiten, por parte de la propia empresa, llevando a cabo las actividades de organización, gestión y coordinadción de acciones formativas así como, si los recursos lo permienten, la propia impartición de las mismas.

Para llevar a cabo una correcta gestión de la formación de demanda, las empresas deberán de configurar su acceso como empresa bonifcada en la aplicación telemática habilitada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo para ello, así como llevar a cabo las altas de acciones formativas y grupos y, sus correspondientes comunicaciones de inicio y finalización de los mismos.

Tras el desarrollo y finalización de las acciones formativas así como su correcta gestión, podrán ser aplicadas las bonificaciones de los costes asumidos para tal efecto, sobre la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social.

GESTIÓN A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD ORGANIZADORA:

Según queda establecido en el artículo 16 del RD 395/2007, las empresas podrán agruparse para llevar a cabo la formación de sus empleados, designando para ello una entidad organizadora, la cual deberá en todo caso asumir las funciones de coordinación de la misma, sin que estas puedan ser delegadas o subcontratadas a terceros.

Según el apartado 2 del artículo 17 de la ORDEN TAS 2307/2007, el convenio de agrupación de empresas para la formación de los trabajadores, habrá de formalizarse mediante acuerdo escrito firmado por los representantes legales de la entidad organizadora y de las empresas agrupadas, en el que deberán constar los datos de su identificación, las obligaciones de los firmantes y, específicamente, las que asume la entidad organizadora, así como, en su caso, la compensación económica por los costes de organización.

El acuerdo firmado quedará en poder de la entidad organizadora y de las empresas agrupadas a disposición de los órganos de control competentes.

La fórmula más habitual de desarrollo de la formación de demanda, es a través de la figura de la Entidad Organizadora, a la cual acuden un alto porcentaje de pequeñas y medianas empresas, a las que les resulta muy complicado asumir con medios propios su gestión.

Puede completar esta información a través del portal web www.fundaciontripartita.org, donde podrá localizar el aceso al espacio denominado com "Orientación para la Formación en el Empleo" por medio del cual la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo pretende facilitar a las empresas tanto su acceso al sistema, como la gestión de ayudas para la formación de sus trabajadores.

 

 


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